13/01/14 El Ayuntamiento
ha publicado hoy la convocatoria de 13 plazas para un curso de
formación de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, estableciendo 7 días naturales (hasta
el 20 de enero) para presentar las solicitudes, que debe ir acompañadas por la
documentación que se especifica en las bases que recogemos a continuación. El curso, de dos meses de duración, será
becado con 150 euros al mes.
Esta acción formativa se
encuadra en el programa de intervención integral en zonas con necesidades de
transformación social del Plan provincial de Cohesión Social e Igualdad y está
especialmente dirigido a residentes de las calles Gorriones, Jilgueros,
Golondrinas, Blanca Paloma, Vicente Aleixandre y Picasso, o bien a personas que
reúnan alguna de las circunstancias que se exponen en las bases.
BASES PARA LA CONVOCATORIA DE 13 PLAZAS PARA PARTICIPAR EN EL CURSO DE FORMACIÓN DE AUXILIAR DE AYUDA
A DOMICILIO
PRIMERA: Objeto.
Es objeto de esta convocatoria tiene por objeto regular el
proceso selectivo, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los
principios de objetividad y publicidad, de 13 plazas para participar en el
curso de formación de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, incluido en el programa de
intervención integral en zonas con necesidades de transformación social del
Plan Provincial de Cohesión Social e Igualdad.
SEGUNDA: Duración.
El curso de formación
de Auxiliar de Ayuda a Domicilio tendrá una duración de dos meses.
SEGUNDA: Requisitos.
Las personas
interesadas en tomar parte de la presente convocatoria deberán residir en la
zona de intervención, concretamente en las calles Gorriones, Jilgueros,
Golondrinas, Blanca Paloma, Vicente Aleixandre y Picasso, o bien reunir alguna
de las siguientes circunstancias:
Personas que se encuentren en riesgo de
exclusión social
Familias con las que esté trabajando
los Servicios Sociales Comunitarios desde el programa de atención familiar.
CUARTA: Solicitudes.
Las solicitudes se
harán según modelo oficial que será facilitado. El plazo de presentación de solicitudes será de siete días
naturales desde la publicación del anuncio
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web municipal. Se presentarán en el registro de
Entrada del Ayuntamiento de Pilas, en horario
de registro.
La solicitud irá acompañada de la documentación siguiente:
Fotocopia del DNI o NIE de todos los
miembros mayores de 16 años de la unidad familiar.
Fotocopia del libro de familia.
Declaración jurada de ingresos,
resolución del S.A.E. en la que conste cuantía,
periodo reconocido y periodo al que tiene derecho (de todos los miembros mayores de 16 años de la unidad
familiar), así como copias de las prestaciones
que perciben por pensiones (contributivas y no contributivas) y por otros conceptos (manutención,
dependencia, etc.).
Acreditación de circunstancias
excepcionales: título de familia numerosa, sentencia por ser víctima de violencia de
género, certificado acreditativo del
grado de minusvalía o resolución de reconocimiento de la situación de dependencia
Ayuntamiento de Pilas (Sevilla)
En caso de separación o divorcio la
sentencia y/o convenio regulador.
QUINTA: Lista de admitidos.
Una vez verificada la documentación presentada, los
aspirantes que cumplan los requisitos
pasarán a formar parte de una lista provisional de admitidos.
Publicada la lista provisional se abrirá un plazo de dos
días para la subsanación de
deficiencias. Concluido el plazo de subsanación en su caso, se publicará la
lista definitiva de admitidos.
SEXTA: Procedimiento de selección.
Una vez publicada la lista definitiva de admitidos, se
recabará informe de los
Servicios Sociales Comunitarios sobre la situación de
emergencia social y familiar, que establecerá
el orden de prioridad de los candidatos para la adjudicación de las plazas del curso.
Por el Alcalde se dictará Resolución aprobando la relación
de participantes en el curso, la cual
será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web municipal. Dicha resolución
pondrá fin a la vía administrativa pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso
administrativo en la forma y plazos establecidos
en la Ley Reguladora de dicha jurisdicción
SÉPTIMA: Duración del curso.
El curso tendrá una duración de dos meses, en el horario que
sea establecido por los Servicios
Sociales Comunitarios.
OCTAVA: Obligaciones de los/as beneficiarios/as.
Los/as beneficiarios/as deberán realizar el curso en las
fechas y horarios que establezca los
Servicios Sociales Comunitarios, debiendo firmar al inicio y final de cada día un parte de asistencia.
Deberán comunicar por escrito la existencia de alguna
imposibilidad o causa justificada de
asistencia. En el supuesto de producirse tres faltas de asistencia sin justificación
se producirá la expulsión del curso.
Los/as beneficiarios/as guardarán el debido secreto
profesional de las actuaciones que
realicen a los usuarios del servicio de ayuda a domicilio.
NOVENA: Derechos de los/as beneficiarios/as.
Los/as beneficiarios/as estarán cubiertos/as por un seguro
que los cubra en caso de accidentes y/o
enfermedad durante todo el periodo de realización de la acción formativa.
Los/as beneficiarios/as tendrán derecho a una beca por
asistencia efectiva a la acción
formativa por un importe de 150 euros mensuales.
El importe de cada beca será abonada por mensualidades
vencidas, previo informe de los
Servicios Sociales.
Se expedirá certificado de participación en la acción
formativa a quienes finalicen la misma
con evaluación positiva y acrediten haber cumplido con el compromiso de asistencia, que deberá ser de un
mínimo del 80% del total de horas.
DÉCIMA: Presupuesto.
El presupuesto de gastos de la presente convocatoria se
financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria nº 24105/48100.
UNDÉCIMA: En ningún caso el disfrute de las becas que regula
las presentes bases tendrá efectos
jurídico-laborales entre el/la becario/a y el Ayuntamiento de Pilas.
DUODÉCIMA: El Alcalde-Presidente podrá aclarar las normas
contenidas en las presentes bases y
dictar aquellas necesarias para su desarrollo.
En todo lo no previsto en las presentes bases se estará a lo
dispuesto en la legislación vigente.
EL ALCALDE, Fdo.: Jesús María Sánchez González
Fuente del contenido: web Ayto. Pilas / Foto: Isibenestar.com